Risks International S.A.S.
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Consultoría e implementación

Debida diligencia ampliada e intensificada

Cuando la consulta de listas no alcanza: investigación a fondo de la contraparte, su estructura y su beneficiario final.

Por qué importa

La debida diligencia ordinaria responde una pregunta sencilla: ¿esta contraparte aparece en alguna lista? La intensificada responde otra bastante más difícil: ¿quién está realmente detrás, de dónde sale su patrimonio y qué riesgo trae para nosotros asociarnos con ella?

La norma la exige para PEP y para contrapartes de mayor riesgo, pero el caso de negocio va más allá del cumplimiento. Una adquisición, una alianza, un contrato grande o un socio local en otro país son decisiones donde el coste de equivocarse supera con mucho el de investigar antes. Y en soborno transnacional, la mayoría de los casos sancionados pasaron por un tercero que nadie investigó.

Debida diligencia ampliada e intensificada

Qué incluye el servicio

Estructura societaria y beneficiario final

Trazado de la cadena de propiedad hasta la persona natural que controla, incluidas estructuras en varias jurisdicciones.

Situación jurídica

Procesos judiciales, administrativos y disciplinarios, embargos, insolvencia y sanciones, en Colombia y donde la contraparte opere.

Análisis reputacional

Medios, fuentes abiertas y publicaciones especializadas, con verificación de lo encontrado antes de reportarlo.

Verificación en terreno

Cuando el riesgo lo justifica: existencia real de la operación, instalaciones y capacidad declarada. Es lo que descubre a la empresa de papel.

Relación con servidores públicos

Identificación de vínculos con el sector público, contratación estatal y personas expuestas políticamente, que es el eje del riesgo de soborno.

Informe con recomendación

No un volcado de hallazgos: un informe con nivel de riesgo, los hechos que lo sustentan y una recomendación clara de vincular, vincular con condiciones o no vincular.

Casos de uso

Situaciones reales del mercado colombiano y lo que cambia después.

Fusiones y adquisiciones

Se evalúa la compra de una compañía y la debida diligencia financiera no cubre integridad ni riesgo LA/FT.

Resultado

Informe de integridad sobre la sociedad objetivo y sus socios, incorporado a la negociación y a las declaraciones del contrato.

Comercio exterior

Un agente local en otro país gestionará trámites ante autoridades aduaneras.

Resultado

Investigación del agente, sus vínculos con el sector público y la razonabilidad de su remuneración, antes de firmar.

Sector financiero

Un cliente clasificado como PEP exige debida diligencia intensificada y aprobación de instancia superior.

Resultado

Expediente reforzado con origen de fondos y estructura de control, suficiente para que la instancia decida con fundamento.

Qué recibe

En cumplimiento, lo que no está documentado no existe frente a un ente de control.

  • Informe de debida diligencia con nivel de riesgo y recomendación
  • Mapa de la estructura societaria y del beneficiario final
  • Anexo de fuentes consultadas y evidencia
  • Resumen ejecutivo para el comité

Marco normativo

Las normas concretas sobre las que se construye este servicio.

  • Capítulo X CBJ Supersociedades, numeral 5.5.2 — debida diligencia intensificada
  • CBJ Superfinanciera, Capítulo IV, numeral 4.2.2.1.2 — PEP
  • Capítulo XIII CBJ Supersociedades, numeral 5.6 — debida diligencia de contrapartes del PTEE
  • Ley 1778 de 2016 — soborno transnacional

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un informe?

Depende del alcance y de las jurisdicciones. Un informe sobre una sociedad colombiana con estructura simple es cuestión de días; una estructura con vehículos en el exterior y verificación en terreno lleva varias semanas, y decirlo antes es parte del encargo.

¿Se le avisa a la contraparte que se le investiga?

El trabajo se hace con fuentes lícitas y, cuando corresponde, con información que la propia contraparte entregó al vincularse. Si el alcance incluye verificación en terreno o entrevistas, eso se acuerda con usted antes, porque tiene implicaciones comerciales.

Hablemos de Debidas diligencias ampliadas e intensificadas

Cuéntenos su situación y le respondemos con un alcance concreto: qué haría falta, en cuánto tiempo y con qué esfuerzo de su equipo. Sin compromiso.

  • Le responde un especialista, no un formulario automático.
  • Si su caso no necesita este servicio, se lo decimos.
  • Sus datos se tratan conforme a la Ley 1581 de 2012, con su autorización.
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Para qué usamos sus datos (Finalidad del tratamiento)

  • Manejo comercial y contacto comercial posterior.
  • Atención de su solicitud, requerimientos y derechos de petición.
  • Validación de información para la prevención del fraude.
  • Validación de identidad y debida diligencia de contrapartes.
  • Manejo y control administrativo, y seguimiento contractual.
  • Cumplimiento de obligaciones legales, en particular las de prevención del LA/FT/FPADM.

El tratamiento puede ser manual o automatizado, y comprende recolectar, almacenar, usar, circular y suprimir.

Cuánto tiempo los conservamos

Solo el tiempo razonable y necesario para cumplir las finalidades que usted autorizó, o el que exija la ley. Cumplidas esas finalidades, sus datos se suprimen o se anonimizan de modo que no lo identifiquen.

Se conservan más allá de ese plazo únicamente cuando lo exija una obligación legal o contractual, conforme al artículo 11 del Decreto 1377 de 2013.

Si salen del país (Autorización de transferencia de datos)

Sus datos pueden transferirse o transmitirse internacionalmente conforme al artículo 26 de la Ley 1581 de 2012 y a los artículos 24 y 25 del Decreto 1377 de 2013.

Solo hacia países o entidades que garanticen un nivel adecuado de protección, o al amparo de las excepciones legales o de una instrucción de la autoridad de protección de datos.

Qué puede hacer usted en cualquier momento (sus derechos como titular)

  • Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales.
  • Solicitar prueba de la autorización que otorgó.
  • Ser informado, previa solicitud, del uso que se ha dado a sus datos.
  • Presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por infracciones a la Ley 1581 de 2012. Conforme al artículo 16, la queja procede una vez agotado el trámite de consulta o reclamo ante nosotros.
  • Revocar la autorización y solicitar la supresión del dato en los casos que la ley permite.
  • Acceder de forma gratuita a sus datos personales.

Ejercer estos derechos es gratuito. Escriba a habeasdata@risksint.com.

Lo que no está obligado a responder

Responder preguntas sobre datos sensibles o sobre datos de niñas, niños y adolescentes es facultativo. No está obligado a suministrarlos y no hacerlo no le impide recibir los servicios que no los requieran.

Quién responde por sus datos

RISKS INTERNATIONAL S.A.S., NIT 900352786, Calle 25B # 39A-30, Bogotá, Colombia. Teléfono +57 (601) 794 1834. Canal de protección de datos: habeasdata@risksint.com.