Bases del Concurso «El Caso LAFT del Año»
Premiación al Oficial de Cumplimiento del año. Versión 1.0, vigente desde el 10 de septiembre de 2026.
Estas bases son las que se aceptan al postular. Si se modifican, se publica una versión nueva en esta misma dirección y se avisa por correo a quienes ya hayan postulado, que podrán retirar su caso si no están de acuerdo (numeral 14).
1. Organizador
Organiza el concurso RISKS INTERNATIONAL S.A.S., sociedad domiciliada en Bogotá D.C., Colombia, con dirección en la Calle 25B # 39A-30 (en adelante, «el Organizador»).
Cualquier comunicación relativa al concurso debe dirigirse a formacion@risksint.com. Las solicitudes relacionadas con datos personales se atienden en habeasdata@risksint.com.
2. Objeto
El concurso «El Caso LAFT del Año» reconoce públicamente el trabajo de un oficial de cumplimiento a partir de un caso real de gestión de riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FPADM) que la persona haya gestionado.
El concurso se desarrolla en el marco del 1.er Congreso Internacional de Integridad, Compliance y Transparencia y su fallo se anuncia durante el evento.
3. Quién puede participar
Puede postular toda persona natural que, de manera concurrente, cumpla las siguientes condiciones al momento de enviar su postulación:
- Ser mayor de dieciocho (18) años.
- Ejercer o haber ejercido funciones de oficial de cumplimiento, oficial de cumplimiento suplente, o funciones equivalentes de gestión de riesgos LA/FT/FPADM, en cualquier país.
- Estar inscrito al 1.er Congreso Internacional de Integridad, Compliance y Transparencia, en modalidad presencial o streaming, o inscribirse antes del cierre de la convocatoria. La inscripción se verifica contra el registro del evento.
- Aceptar estas Bases y otorgar la autorización de tratamiento de datos personales, ambas mediante las casillas del formulario oficial.
- Presentar el caso en los términos del numeral 5 y con la anonimización del numeral 6.
4. Quién no puede participar
No pueden postular, y su postulación se descarta sin necesidad de aviso previo:
- Los socios, administradores y empleados del Organizador, ni sus cónyuges o compañeros permanentes, ni sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
- Las personas que integren el jurado, y quienes tengan con alguno de sus miembros una relación laboral, societaria o contractual vigente.
- Quien haya sido sancionado en firme, dentro de los cinco (5) años anteriores, por una autoridad de supervisión o disciplinaria por conductas relacionadas con LA/FT/FPADM, corrupción o fraude.
5. Cómo se postula y qué se presenta
5.1. La postulación se hace exclusivamente a través del formulario oficial publicado en el sitio del Organizador. No se aceptan postulaciones por correo electrónico, mensajería instantánea ni ningún otro medio.
5.2. El caso se presenta en un único texto, en español, de mínimo trescientos (300) y máximo doce mil (12.000) caracteres, que debe desarrollar en este orden: (i) contexto de la operación o de la contraparte; (ii) señal de alerta que originó el análisis; (iii) análisis realizado, con las fuentes y herramientas empleadas; (iv) decisión adoptada; y (v) resultado obtenido.
5.3. Cada persona puede presentar una (1) sola postulación. Si envía más de una, se evalúa únicamente la última recibida antes del cierre y las anteriores se descartan.
5.4. El caso debe ser real y haber sido gestionado por quien lo presenta, de forma directa o como responsable del equipo que lo gestionó. No se admiten casos hipotéticos, ejercicios académicos ni casos de terceros.
5.5. No se solicitan ni deben adjuntarse documentos soporte, capturas de pantalla ni anexos. La evaluación se hace sobre el texto presentado.
6. Anonimización: es obligatoria y es causal de descalificación
La confidencialidad es condición esencial del concurso. El caso debe presentarse de forma que ninguna persona ni organización pueda ser identificada a partir de su lectura.
En consecuencia, el texto NO puede contener:
- Nombres, razones sociales, marcas, siglas o denominaciones de la entidad reportante, de la contraparte ni de terceros involucrados.
- Números de identificación de personas o de sociedades, números de cuenta, de operación, de radicado o de reporte.
- Nombres de personas naturales, cargos individualizados, direcciones, teléfonos o correos electrónicos.
- Fechas exactas, importes exactos o cualquier combinación de datos que, unida, permita identificar el caso. Las fechas se indican por mes y año o por periodo aproximado; los importes, por rangos.
- Información sujeta a reserva legal cuya divulgación esté prohibida, en particular la relativa a reportes de operaciones sospechosas cuando la ley aplicable imponga reserva sobre su existencia o contenido.
7. Plazos
7.1. La convocatoria cierra el 25 de septiembre de 2026 a las 23:59, hora de Colombia (UTC-5). El sistema deja de recibir postulaciones automáticamente a esa hora; se toma como hora de recepción la registrada por el servidor del Organizador.
7.2. Los finalistas serán notificados al correo electrónico registrado en su postulación a más tardar el 2 de octubre de 2026. Es responsabilidad de quien postula revisar su bandeja de entrada y sus carpetas de correo no deseado.
7.3. Los finalistas presentan su caso en vivo durante el Congreso, el 14 de octubre de 2026, en el horario que el Organizador comunique con la notificación.
7.4. El fallo se anuncia el mismo 14 de octubre de 2026, al término de las presentaciones.
8. Cómo se evalúa
8.1. La evaluación se hace en dos fases. En la primera, el Organizador verifica el cumplimiento de los requisitos de los numerales 3, 5 y 6, y descarta las postulaciones que no los cumplan. En la segunda, el jurado califica los casos admitidos con la rúbrica del numeral 8.2.
8.2. Cada criterio se califica de 0 a 100 y se pondera con el peso que se indica. La calificación final es la suma ponderada, sobre 100 puntos.
8.3. Los casos se entregan al jurado sin los datos de quien los presenta: se califica el caso, no la persona ni su organización.
8.4. Pasan a la final los tres (3) casos con mayor calificación. En caso de empate, se resuelve, en este orden: mayor puntaje en «Rigor del análisis y de la metodología»; si persiste, mayor puntaje en «Resultado verificable y su impacto»; si persiste, la postulación recibida primero según la hora del servidor.
8.5. En la final, cada finalista dispone de diez (10) minutos de presentación y cinco (5) de preguntas del jurado. El jurado vuelve a calificar con la misma rúbrica y esa calificación es la que decide al ganador; el puntaje de la primera fase no se acumula.
8.6. El jurado puede declarar desierto el concurso si ningún caso admitido alcanza sesenta (60) puntos sobre 100 en la primera fase. En ese evento no se entrega el premio y se comunica públicamente la decisión.
| Criterio | Peso | Qué se mide |
|---|---|---|
| Rigor del análisis y de la metodología | 25 % | Qué señales de alerta se identificaron, con qué fuentes y herramientas se contrastaron, qué hipótesis se descartaron y por qué. Se valora que el razonamiento se pueda seguir paso a paso. |
| Complejidad y relevancia del riesgo | 20 % | Dificultad técnica del caso y magnitud del riesgo LA/FT/FPADM evitado o mitigado. Un caso rutinario bien resuelto puntúa menos que uno complejo bien resuelto. |
| Innovación y valor replicable | 20 % | Qué aporta el caso que otro oficial de cumplimiento pueda aplicar en su organización: una metodología, un control, una forma de documentar, un indicador. |
| Resultado verificable y su impacto | 20 % | Qué pasó al final y cómo se sabe: decisión adoptada, reporte presentado, control implementado, pérdida evitada. Se valora que el resultado se afirme con evidencia y no con adjetivos. |
| Claridad de la exposición y cumplimiento del formato | 15 % | Que el caso se entienda en una sola lectura, respete la estructura del numeral 5.2 y cumpla las reglas de anonimización del numeral 6. |
| Total | 100 % |
9. Jurado
9.1. El jurado está integrado por tres (3) personas de reconocida trayectoria en cumplimiento, gestión de riesgos LA/FT/FPADM o supervisión, designadas por el Organizador y anunciadas antes de la final.
9.2. Ningún miembro del jurado puede calificar un caso respecto del cual tenga conflicto de interés. Quien lo advierta debe declararlo y abstenerse; su calificación se sustituye por el promedio de los demás miembros.
9.3. Las decisiones del jurado se adoptan por mayoría simple, constan por escrito y son definitivas. Contra ellas no procede recurso.
10. Premio
10.1. El caso ganador recibe un premio de DIEZ MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($10.000.000 COP).
10.2. El premio se entrega a la persona natural que presentó la postulación, no a su empleador, mediante transferencia a una cuenta bancaria de su titularidad, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al fallo.
10.3. El pago está sujeto a las retenciones y demás obligaciones tributarias que correspondan conforme a la ley colombiana. El Organizador practica las retenciones a que haya lugar y entrega el certificado correspondiente.
10.4. Para el pago, la persona ganadora debe suministrar los datos y documentos que exija la normativa aplicable y las políticas de conocimiento del cliente del Organizador. Si no los suministra dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al requerimiento, el premio se declara no reclamado.
10.5. El premio no es transferible ni canjeable por otro bien o servicio, y no se fracciona entre varios participantes.
11. Causales de descalificación
El Organizador descalifica la postulación, en cualquier momento y aun después del fallo, cuando verifique alguna de estas situaciones:
- Incumplir cualquiera de los requisitos del numeral 3 o incurrir en alguna de las inhabilidades del numeral 4.
- Incumplir las reglas de anonimización del numeral 6.
- Presentar información falsa, inexacta o que no corresponda a un caso real gestionado por quien postula.
- Presentar como propio un caso ajeno, o reproducir total o parcialmente un texto de un tercero sin ser su autor.
- No presentarse a la final el 14 de octubre de 2026, salvo fuerza mayor acreditada. En ese evento el Organizador puede convocar al siguiente caso mejor calificado.
- Divulgar información sujeta a reserva legal.
12. Propiedad intelectual y uso del caso
12.1. Quien postula conserva la titularidad de los derechos sobre el texto que presenta.
12.2. Con la aceptación de estas Bases, quien postula autoriza al Organizador, de forma gratuita y no exclusiva, a reproducir, resumir y divulgar su caso YA ANONIMIZADO con fines académicos y de difusión de buenas prácticas, citando a su autor si este lo consiente expresamente.
12.3. Esta autorización no se extiende a usos publicitarios de la imagen o el nombre de quien postula, que requieren su consentimiento previo y por escrito para cada uso.
12.4. La presentación de los finalistas durante el Congreso puede ser grabada y difundida por el Organizador. Quien no desee ser grabado debe comunicarlo por escrito antes de la final; en ese caso se le excluye de la grabación, sin que ello afecte su participación.
13. Protección de datos personales
13.1. Los datos personales recogidos en el formulario —nombre, correo electrónico, empresa donde ejerce y, si lo suministra, teléfono— son tratados por RISKS INTERNATIONAL S.A.S. como responsable, con la finalidad de gestionar el concurso: verificar la elegibilidad, comunicar el resultado, organizar la final y entregar el premio.
13.2. El tratamiento se realiza conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus normas reglamentarias, y a la Política de Tratamiento de Datos Personales del Organizador, disponible en el sitio.
13.3. Quien postula puede conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos, y revocar la autorización, escribiendo a habeasdata@risksint.com. La revocatoria de la autorización antes del fallo implica el retiro de la postulación, porque sin esos datos no es posible gestionarla.
13.4. Los datos se conservan durante el tiempo necesario para la finalidad descrita y, después, durante el plazo que impongan las obligaciones legales del Organizador.
13.5. El texto del caso no debe contener datos personales de terceros. Si aun así los contuviera, el Organizador los suprimirá y podrá descartar la postulación conforme al numeral 11.
14. Modificación, suspensión y situaciones no previstas
14.1. El Organizador puede modificar estas Bases o suspender el concurso por causas de fuerza mayor o caso fortuito, o por decisión de una autoridad competente. Toda modificación se publica en esta misma página, con nueva versión y fecha, y se comunica por correo electrónico a quienes ya hayan postulado.
14.2. Quien ya haya postulado y no esté de acuerdo con una modificación puede retirar su postulación escribiendo a formacion@risksint.com antes de la final, sin ninguna consecuencia.
14.3. Las situaciones no previstas en estas Bases las resuelve el Organizador de manera razonada, con criterios de igualdad de trato entre los participantes, y su decisión se comunica a quien resulte afectado.
15. Aceptación y ley aplicable
15.1. La postulación implica la aceptación íntegra y sin reservas de estas Bases. La aceptación se acredita con el registro de la casilla correspondiente del formulario, junto con la fecha y hora en que se marcó.
15.2. Estas Bases se rigen por la ley colombiana. Cualquier controversia se somete a los jueces de la República de Colombia.
¿Dudas sobre las bases? Escriba a formacion@risksint.com. Para asuntos de datos personales, habeasdata@risksint.com.
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